idealista España
January 23, 2025 at 08:30 AM
*La justicia confirma que los gastos por obsequios a los huéspedes son deducibles en el alquiler turístico*
El TSJ de Madrid ha afirmado que los gastos destinados a obsequios para huéspedes de alquileres turísticos, como snacks o bebidas, son deducibles en el IRPF como en el rendimiento de actividades económicas o del capital inmobiliario.
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