Detectives Privados en España  👩🏻‍💻🕵🏼🕵🏽‍♀️👨🏻‍💻
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February 13, 2025 at 07:41 AM
Tras tener conocimiento la empresa que varios empleados, en connivencia del personal de seguridad, y denunciado internamente por otro trabajador, realizan acopio de material para su provecho particular, en el que llegan a comprar una máquina para pelar cables y quedarse con cobre. Tras estos hechos se realiza una investigación interna contratanto a un Despacho de Detectives, en el que realizan una infiltración en plantilla e instalan cámaras ocultas, al constatarse los hechos se realizan despidos procedente. La Sala del Tribunal matiene el despido procedente. Uno de los trabajadores alega infracciones y vulneración de Derechos Fundamentales, entre otros, los arts. 18.1 de la CE; 11.1 de la LOPJ; 90.1 y 2 de la LRJS; 382.1 y 2 de la LEC; 10.2 de la Ley 5/2014, de Seguridad Privada y 7 y concordantes del Convenio 158 de la OIT. CE, siendo desestimas. 👉...se intenta poner de manifiesto la ilegalidad de la prueba de detectives practicada y aportada por la empresa a efectos de acreditar la concurrencia de la falta imputada al demandante, irregularidad que se sustenta en la vulneración del derecho al honor y a la intimidad del trabajador como consecuencia de haberse llevado a cabo grabaciones de imagen y audio, respecto de las cuales, según se indica, algunas fueron tomadas en el comedor de la empresa, lo que se considera quiebra la doctrina jurisprudencial, sin indicar cual, indicando, igualmente, que no fue aportado el dispositivo original, ni se llevó a cabo su reproducción en el acto de juicio, así como que los detectives actuantes deberían haberse negado a llevar a cabo su actuación al tratarse de hechos constitutivos de delitos perseguibles de oficio. 👉...en orden a la regularidad de la prueba de detectives, es preciso poner de manifiesto, como punto de partida, y en orden a desvirtuar las reticencias efectuadas por la parte recurrente en orden a la legalidad genérica de dicho medio probatorio, que su viabilidad viene avalada por el art. 265.1.5 de la L.E.C. 👉aplicadas al caso analizado, en el que la prueba de detectives aportada por la empresa demandada consiste en un informe escrito realizado por los detectives contratados por la empresa, al que se acompañan las grabaciones, fotografías y de voz tomadas los días en los que se hicieron los seguimientos, todo ello totalmente documentado, acompañando tanto las imágenes fotográficas extraídas de los vídeos, así como la trascripción de los audios, determinan el que se catalogue como perfectamente correcta y conforme a la legalidad... a la actuación del actor no en un espacio privado, sino en el que desempeñaba su actividad laboral, lo que no implica intromisión alguna en su intimidad, a lo que se une la evidente necesidad de la actividad de investigación realizada como medio para detectar y acreditar la conducta claramente ilegal.. #tsj #guadalajara #laboral #cobre #oculta #infiltración #detectives #vulneración #ddff #investigacióninterna #procedente #año2024 STSJ CLM 3081/2024

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