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                                February 11, 2025 at 02:14 PM
                               
                            
                        
                            La reinstalación es decididamente ilegal. ( art. 245 bis LCT). No hay norma que habilite la reincorporación de un despedido. Asimismo la discriminación es de interpretación restrictiva y luego de actividad probatoria que haya demostrado la existencia del fenómeno. 
Las sentencias de la CAMARA NACIONAL DEL  TRABAJO ( juez Gabriel De Vedia, jueza Andrea Garcia Vior y juez Mario Fera) ordenando la reinstalacion  sumum de manera cautelar, es digno de DENUNCIA.
La justicia que no se ajusta a la ley del congreso y de manera arbitraria la deforma creando e imponiendo su propia ley, debe empezar a sufrir CONSECUENCIAS. 
ARGENTINA será prospera con reglas claras y seguridad jurídica.
@marianocuneolibaronaok 
@guillermo.francos 
@patobullrich 
@mincaphum_ar 
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