
MEAB
February 19, 2025 at 01:42 PM
¿Cuánto falta para que todos los camaristas del fuero nacional, in totum, queden incursos en el delito de desobediencia judicial por no acatar lo que dice la Corte y desafiarla abiertamente?
Código Penal Nacional
Artículo 239.
Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.
¿Dónde está la igualdad ante la ley? La justicia es el camino.
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