OGE ENERGY | ABOGADOS
February 6, 2025 at 04:45 PM
Buenas tardes,
Por ser de interés informamos los principales aspectos comerciales para el suministro de gas natural contenidos en la Resolución 102 015 de 2025, destacándose lo siguiente:
✅ Se deroga la CREG 186 de 2020
✅ Se establecen 4 tipos de garantías para las negociaciones directas (Prepago, Stand By local y extranjera, Garantía bancaria)
✅ Se permite la comercialización conjunta
✅ Se implementa el mecanismo “úselo o véndalo” para gas no nominado, permitiendo su reasignación a otros compradores
✅ ¿Contratos Swap? Todos los contratos de suministro de gas natural (siempre que no sean negociaciones regidas por el reglamento de mercado mayorista de gas natural), sin importar su destino final, deben ser registrados por los vendedores del Mercado primario y secundario.
✅ Los contratos suscritos antes de la entrada en vigencia de la resolución y que no estén registrados deben ser registrados en un plazo de 5 días hábiles.
✅ Se establecen reglas para la venta de gas con destino al funcionamiento de infraestructura de importación.
OGE ENERGY analiza la reglamentación aplicable al sector de los energéticos, así como la reglamentación que al respecto se expide de tiempo en tiempo. Si tiene dudas sobre el alcance o las implicaciones de la presente, contáctenos en [email protected]