@APEDANICA informa con sus Grupos de WhatsApp especializados en temáticas periciales complejas
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June 7, 2025 at 12:09 PM
ÉTICAS JUDICIALES https://chat.whatsapp.com/KgpIydxGT8A48zbwa4Z3vQ Acusaciones Penales https://chat.whatsapp.com/DdvPL6ivi9zEViROaA03sb NEGLIGENCIAS https://chat.whatsapp.com/HkeFEEadJmxKBvKS0Z6EJB Responsabilidad Patrimonial https://chat.whatsapp.com/EpTHzZLlCWYLLO0882y4IH e Inteligencia Artificial https://chat.whatsapp.com/CrSwcP59s2yD5MoxaPBHEu **Informe Preliminar de APEDANICA sobre el Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid y el Magistrado-Juez Tomás Martín Gil** **I. Introducción** Este informe analiza el funcionamiento del Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid, bajo la titularidad del magistrado-juez Tomás Martín Gil, a la luz de la resolución dictada en las Diligencias Previas 900/2025, disponible en [https://cita.es/auto/denuncia-notarios-albacea-recurrible.pdf](https://cita.es/auto/denuncia-notarios-albacea-recurrible.pdf). Se examinan los patrones de archivo de denuncias sin práctica de diligencias, la motivación de las resoluciones y la trayectoria profesional del magistrado. **II. Análisis de la Resolución en las Diligencias Previas 900/2025** La resolución mencionada acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones sin la práctica de diligencia alguna, basándose en el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La motivación se limita a afirmar que "no resulta debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna", sin detallar los fundamentos que sustentan tal conclusión. Este tipo de resoluciones, carentes de una motivación suficiente, pueden vulnerar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española. **III. Estadísticas del Juzgado de Instrucción nº 33** Según datos de Iberley, en el año 2022, el Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid presentó las siguientes cifras: * **Sentencias dictadas**: 447 * **Autos emitidos**: 1.443 * **Recursos tramitados**: 119 * **Porcentaje de recursos estimados**: 24,37% * **Duración media de los procesos**: 1 mes y 23 días([boe.es][1], [iberley.es][2]) El porcentaje de recursos estimados es significativamente superior al de otros juzgados de instrucción de Madrid, lo que podría indicar una mayor proporción de resoluciones revocadas por instancias superiores.  **IV. Trayectoria Profesional del Magistrado-Juez Tomás Martín Gil** Tomás Martín Gil, nacido el 3 de abril de 1959, ha desempeñado funciones judiciales en el Juzgado de Instrucción nº 33 de Madrid durante varias décadas. A pesar de la habitual progresión en la carrera judicial hacia órganos superiores, el magistrado ha permanecido en el mismo juzgado, lo que ha sido objeto de comentarios en algunos medios.  En su trayectoria, ha estado involucrado en casos de relevancia, como la reapertura de una investigación al Cuerpo Nacional de Policía por la disolución de una asamblea relacionada con "Rodea el Congreso". ([eldiario.es][3]) **V. Conclusiones** La resolución dictada en las Diligencias Previas 900/2025, junto con las estadísticas del juzgado y la trayectoria del magistrado, plantean interrogantes sobre la motivación de las resoluciones y la posible existencia de un patrón de archivo de denuncias sin práctica de diligencias. Estos elementos podrían justificar una revisión por parte de los órganos competentes para garantizar el adecuado funcionamiento del órgano judicial y el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos. **VI. Recomendaciones** 1. **Revisión de Resoluciones**: Analizar las resoluciones de archivo dictadas por el Juzgado de Instrucción nº 33 para verificar la suficiencia de su motivación y el cumplimiento de las garantías procesales. 2. **Evaluación del Funcionamiento del Juzgado**: Examinar la carga de trabajo, los tiempos de tramitación y los recursos humanos disponibles en el juzgado para identificar posibles deficiencias estructurales. 3. **Supervisión del Magistrado**: Considerar la realización de una evaluación del desempeño del magistrado-juez Tomás Martín Gil, en línea con los procedimientos establecidos para garantizar la calidad de la función judicial. 4. **Transparencia y Acceso a la Información**: Fomentar la publicación de estadísticas detalladas y accesibles sobre la actividad judicial para permitir un control ciudadano efectivo. --- Este informe se presenta con el objetivo de contribuir a la mejora del sistema judicial y al fortalecimiento del Estado de Derecho. [1]: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-8735&utm_source=chatgpt.com "BOE-A-2025-8735 Acuerdo de 22 de abril de 2025, de la Comisión ..." [2]: https://www.iberley.es/lm/ji3-madrid-2684?utm_source=chatgpt.com "Juzgado de Instrucción de Madrid nº 33 - Iberley" [3]: https://www.eldiario.es/politica/rodea-congreso_1_4752463.html?utm_source=chatgpt.com "La justicia obliga a reabrir la investigación a la Policía por disolver ..."

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